Las personas con discapacidad, así como los familiares o tutores a su cargo, pueden beneficiarse de diversas deducciones en la Declaración de la Renta. Estos beneficios fiscales pueden alcanzar hasta los 1.200 euros anuales, tanto a nivel estatal como en algunas Comunidades Autónomas, como es el caso de la Región de Murcia.
Deducciones estatales por discapacidad a cargo
Todas ellas se aplicarán con independencia de si la cuota de la declaración es positiva, negativa o cero.
- Por descendiente con discapacidad: hasta 1.200 € anuales (100 € al mes) por cada hijo o hija con un grado de discapacidad igual o superior al 33%, siempre que exista derecho al mínimo por descendientes. Esta deducción puede solicitarse en la declaración o de forma anticipada, si se cumplen ciertos requisitos laborales o se perciben pensiones o prestaciones por desempleo.
- Por ascendiente con discapacidad: también hasta 1.200 € anuales por cada ascendiente con discapacidad del 33% o más. Se requiere derecho al mínimo por ascendientes y cumplir condiciones similares a las del caso anterior.
- Por cónyuge con discapacidad: esta deducción está dirigida a personas no separadas legalmente cuyo cónyuge, con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, no supere los 8.000 € de ingresos anuales y no genere otras deducciones por descendientes o ascendientes. El importe máximo es igualmente de 1.200 € al año.
Estas deducciones pueden repartirse entre varias personas con derecho a ellas o cederse a una sola, que será la única beneficiaria. También es posible percibirlas de forma anticipada mediante abono mensual, aunque en ese caso deben regularizarse en la declaración anual.
Deducciones autonómicas en la Región de Murcia
La Región de Murcia contempla deducciones específicas compatibles con las estatales:
- Por discapacidad del propio contribuyente: se pueden deducir 120 euros si la persona presenta un grado de discapacidad igual o superior al 33% y no supera los 19.000 € (individual) o 24.000 € (conjunta) de base imponible.
- Por acogimiento no remunerado de personas con discapacidad: la deducción asciende a 600 euros por cada persona mayor de 65 años o con discapacidad igual o superior al 33% acogida durante al menos 183 días. El acogimiento debe ser sin contraprestación económica ni ayudas públicas, y se exige certificar la convivencia mediante empadronamiento y la ausencia de subvenciones autonómicas.
Cómo solicitar estas deducciones
Además de aplicarlas directamente en la declaración del IRPF, las deducciones pueden solicitarse por adelantado si se cumplen ciertos requisitos relacionados con la actividad laboral, las cotizaciones o la percepción de pensiones o subsidios. En caso de percibir más dinero del que corresponde, debe regularizarse mediante el modelo 122 o en la propia declaración, dependiendo de si existe obligación de declarar.
La Agencia Tributaria también ofrece asistencia para la confección de la Declaración de la Renta 2024 a través de dos modalidades: telefónica y presencial. Las fechas y los canales para solicitar cita previa en cada caso son:
Asistencia Telefónica:
La solicitud de cita previa será del 29 de abril al 27 de junio de 2025 y el inicio de la atención telefónica a partir del 6 de mayo de 2025. Podrá solicitarse a través de: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/cita-previa-renta.html
Asistencia Presencial en Oficinas:
La solicitud de cita previa será del 29 de mayo al 27 de junio de 2025 y el inicio de la atención personal a partir del 2 de junio de 2025.
Canales para solicitar cita previa:
- Por Internet: A través de la Sede Electrónica de la agencia tributaria: https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/TOCP-MUTE/internet/identificacion
- Por Teléfono: Líneas Automáticas (servicio 24 horas): 91 535 73 26 y 901 12 12 24.
- Líneas con Atención Personal (lunes a viernes, de 9:00 a 19:00 horas): 91 553 00 71 y 901 22 33 44.
Es importante recordar que la campaña de la Renta 2024 finaliza el 30 de junio de 2025. Se recomienda solicitar la cita con antelación para asegurar la disponibilidad en el horario y modalidad deseados. Para más información, puede consultar la página oficial de la Agencia Tributaria pinchando el siguiente enlace: https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/ciudadanos-familias-personas-discapacidad/deducciones-autonomicas-irpf-personas-discapacidad.html